Decreto1-2005·2005

FIJACION SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 1995

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de febrero de 2005

Fecha de publicación

1 de noviembre de 2005

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional, en la suma de $ 2.050,00 (pesos uruguayos dos mil cincuenta) mensuales o su equivalente, resultante de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el salario por hora.

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1° regirá a partir del 2 de enero de 2005 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales y de la esquila.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese en dos diarios de circulación nacional.-