Artículo 1 — Artículo 1
Derógase parcialmente el artículo 32 del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977, reglamentario de la Sección II del Capítulo II del Título IX "Servicio de Transporte Aéreo Público" del Código Aeronáutico, en relación a las empresas de taxi aéreo y trabajos aéreos.