Decreto10-2023·2023

REGLAMENTACION DEL ART. 157 DE LA LEY N° 20.075, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCION DE UNA COMPENSACION ESPECIAL, APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION DE ZONAS FRANCAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/01/2023

Fecha de publicación

25/01/2023

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase a la Dirección Nacional de Zonas Francas a determinar la lista de los funcionarios que cumplan las condiciones establecidas por el artículo 157 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, a ser beneficiarios de la compensación allí establecida, la que se elevará a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas al principio de cada ejercicio y se informará mensualmente las bajas o altas que se puedan generar.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase a la Dirección Nacional de Zonas Francas a determinar el monto de compensación correspondiente a cada funcionario incluido en la anterior lista, por Resolución fundada, aplicando los criterios de responsabilidad y especialización, así como otros parámetros, lineamientos o indicadores que se establezcan.

Artículo 3Artículo 3

Exceptúase la compensación otorgada en el artículo 157 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, de la limitación establecida en el inciso 1° del artículo 105 del Decreto - Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, a las remuneraciones del personal que se desempeña en la Dirección Nacional de Zonas Francas, con cargo a lo dispuesto por el citado artículo 157 de la Ley N° 20.075.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese a la Dirección Nacional de Zonas Francas. Cumplido, archívese.