Decreto101-1994·1994

SISTEMA DE TOLERANCIA Y MUESTREO DE LA RECOMENDACION DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DE METROLOGIA LEGAL N° 87. MERCADERIAS PREACONDICIONADAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de agosto de 1994

Fecha de publicación

17/03/1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Se aplicará como control de contenido en mercaderías preacondicionadas el sistema de tolerancia y muestreo establecido en la Recomendación de la Organización Internacional de Metrología Legal Nº 87 (OIMRL -87) 1989.

Artículo 2Artículo 2

La presente Resolución comenzará a regir a partir del 31 de diciembre de 1994.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.