Decreto103-2018·2018

EXCLUSION A LA REPUBLICA DE PANAMA DE LA NOMINA DE JURISDICCIONES INCLUIDAS EN LOS DECRETOS 56/009 Y 40/017

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/04/2018

Fecha de publicación

26/04/2018

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Exclúyese a la República de Panamá de la nómina de jurisdicciones incluidas en el artículo 3° del Decreto N° 56/009 de 26 de enero de 2009, y de la nómina elaborada de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 40/017 de 13 de febrero de 2017, sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones: a) identificación y notificación de Uruguay como socio para el intercambio automático de información sobre cuentas financieras por la Autoridad Competente de la República de Panamá a la Secretaría del Cuerpo Coordinador del Acuerdo Multilateral de Autoridades Competente para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras, con anterioridad al 15 de mayo de 2018, y siempre que dicha información incluya la correspondiente al año 2017; b) exclusión de Uruguay de la nómina de países incluidos en el artículo SEGUNDO de la Resolución N° 001-2018 de 8 de marzo de 2018, emitida por los Ministerios de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas y Comercio e Industria de la República de Panamá.

Artículo 2Artículo 2

La fecha efectiva de la exclusión de la República de Panamá de las listas aludidas, será la de la última comunicación al Ministerio de Relaciones Exteriores por parte de su homólogo de la República de Panamá de que ha dado cumplimiento a los términos del artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

Cométese a la Dirección General Impositiva el seguimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y la oportuna publicidad de la fecha de exclusión a que refiere el artículo anterior del presente Decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y archívese.