Artículo 1 — Artículo 1
Adóptase el Estándar "Criterios y Lineamientos para la Evaluación y Reconocimiento de Sistemas de Producción de Materiales de Propagación", que consta en Anexo y que forma parte del presente Decreto.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Adóptase el Estándar "Criterios y Lineamientos para la Evaluación y Reconocimiento de Sistemas de Producción de Materiales de Propagación", que consta en Anexo y que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2 — Artículo 2
El Instituto Nacional de Semillas y la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, serán responsables de la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto.-
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.-