Artículo 1 — Artículo 1
Convócase a las organizaciones representativas de los funcionarios públicos a una mesa de negociación bipartita, que se instalará a partir del día 16 de marzo de 2005, con la finalidad de: a) Debatir sobre la instrumentación de una regulación marco que posibilite la negociación colectiva en la esfera estatal. b) Negociar salarios y condiciones relacionadas con la prestación de funciones en el ámbito de la Administración Pública.