Decreto104-2015·2015

CORRELACION DE LAS REFERENCIAS TRIBUTARIAS CON LAS ESTABLECIDAS EN EL CODIGO ADUANERO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de julio de 2015

Fecha de publicación

13/04/2015

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Las referencias realizadas a territorio aduanero nacional, por las normas que regulan los tributos administrados por la Dirección General Impositiva, establecidas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, se considerarán efectuadas al territorio aduanero definido por el artículo 1° de la Ley N° 19.276 de 19 de setiembre de 2014, excluidos los recintos aduaneros portuarios, depósitos aduaneros y zonas francas.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto rige desde el 18 de marzo de 2015.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.