Decreto105-2009·2009

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. SALTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de febrero de 2009

Fecha de publicación

3 de noviembre de 2009

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) el inmueble empadronado con el Nº 33.531 (antes padrón 33.116) ubicado en el departamento de Salto, localidad catastral Huertos de Salto y que según plano de mensura Nº 1413 del Departamento de Bienes Raíces, levantado por el Ing. Agrim. Leonardo Gonzalez Ramallo, consta de una superficie de 4.161 mc. 90 dcm., cuyo deslinde es el siguiente: 55 metros al Noreste de frente a Avenida Trillo, 75,13 metros al Sureste con frente a Avenida Batlle Berres (formando esquina recta ambos frentes), 54,94 metros al Suroeste lindando con el padrón Nº 33.117 y 76,48 metros al Noroeste lindando con parte del padrón Nº 33.116.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 15.027 de 17-07-80.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.