Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase del tope de 10 (diez) días anuales a adjudicarse por concepto de compensación de horas a los funcionarios de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) que realizan tareas relacionadas a las atribuciones de contralor, en lugares del territorio nacional que estén del centro de la ciudad de Montevideo a una distancia superior a los 50 kilómetros.