Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 15 de mayo de 2002 el plazo previsto en el Decreto Nº 43/002, de 6 de febrero de 2002.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 15 de mayo de 2002 el plazo previsto en el Decreto Nº 43/002, de 6 de febrero de 2002.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-