Decreto107-2005·2005

ATRASO DE HORA LEGAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de octubre de 2005

Fecha de publicación

15/03/2005

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el Artículo 2º del Decreto 328/04 de 15 de setiembre de 2004, disponiéndose que el 27 de marzo de 2005 de la hora 02:00 los relojes de toda la República serán retrasados en sesenta minutos.

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Defensa Nacional dispondrá que la Dirección Nacional de Meteorología efectúe las comunicaciones y publicaciones que corresponda.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.