Decreto108-1987·1987

FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES Y ASFALTOS DE ANCAP. FEBRERO 1987

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/02/1987

Fecha de publicación

28/04/1987

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Se aprueban los siguientes precios de venta para los combustibles y asfaltos, fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del día 28 de febrero de 1987. (*)

Artículo 2Artículo 2

Declárase que no es de aplicación únicamente en esta oportunidad y para los incrementos de precios aprobados en el presente decreto lo establecido en los artículos 2º, 3º, 4º, 5º, y 6º del decreto 461/982 del 14 de diciembre de 1982.

Artículo 3Artículo 3

Lo dispuesto precedentemente regirá a partir de la publicación del presente decreto en 2 (dos) diarios de la capital.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.-