Decreto108-1989·1989

FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. MARZO 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de setiembre de 1989

Fecha de publicación

28/03/1989

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional a todos sus efectos en N$ 40.400 (nuevos pesos cuarenta mil cuatrocientos) mensuales o sus equivalentes resultantes de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el jornal horario. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1 regirá a partir del 1º de marzo de 1989 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales y de la esquila.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.