Decreto108-2024·2024

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. SALTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/04/2024

Fecha de publicación

5 de marzo de 2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), fracción del inmueble empadronado con el N° 34606 (p) (treinta y cuatro mil seiscientos seis) ubicado en la Localidad Catastral Salto, del departamento de Salto y que según plano de mensura N° 1651-A del Departamento de Bienes Raíces de octubre de 2022, levantado por el Ing. Agrim. Facundo Ibargoyen, consta de un área de 11113 m² 22 dm², (once mil ciento trece metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados) que se deslinda de la siguiente forma: al Sureste recta de 71,28 metros con el by pass de la Ruta N° 3; al Suroeste recta de 174,60 metros con el padrón N° 18795, al Noroeste recta de 55,17 metros sobre el resto del padrón N° 34606 y al Noreste dos tramos rectos de 166,25 metros y 9,13 metros ambos con el resto del padrón N° 34606.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.