Decreto109-2010·2010

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. FEBRERO 2010

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/03/2010

Fecha de publicación

4 de julio de 2010

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de febrero de 2010, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 459,84 (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta y nueve con ochenta y cuatro centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de febrero de 2010 en $ 443,12 (pesos uruguayos cuatrocientos cuarenta y tres con doce centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de febrero de 2010 a 286,66 (doscientos ochenta y seis con sesenta y seis), sobre base marzo 1997 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 2010 es de 1,0693 (uno con seiscientos noventa y tres diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.