Decreto11-1993·1993

PASIVIDADES. JUBILACIONES. PENSIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de diciembre de 1993

Fecha de publicación

20/01/1993

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Increméntanse en un 11,72% (once con setenta y dos por ciento) las asignaciones de jubilación y pensión servidas por el Banco de Previsión Social, a partir del 1º de enero de 1993.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.