Decreto110-1985·1985

APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE INSTRUCCION DE LA ARMADA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de diciembre de 1985

Fecha de publicación

29/04/1985

Artículos (4)

Artículo 1

Contenido 1. Marco Jurídico 2. Objetivos 3. Estructura Orgánica 4. Cursos 1. Marco Jurídico 1.1. Ley de Instrucción Militar Obligatoria 9.943 de fecha 19 de diciembre de 1940. 1.2. Decreto 3.704 del Poder Ejecutivo del 7 de setiembre de 1944 Reglamento Orgánico para el personal de la Reserva Naval. 1.3. Ley Orgánica de la Armada 10.808 (artículo 11.B) de fecha 16 de octubre de 1946. 1.4. Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas 14.157, del 21 de febrero de 1974 (Docencia e Institutos Militares Capítulo 22). 1.5. Decreto 303/983 del 6 de setiembre de 1983 (Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección General de Enseñanza Naval).

Artículo 2

2. Objetivos Capacitar al Personal Superior y Subalterno de la Armada, a fin de asegurar la continuidad operativa; y formar al personal de la Reserva Naval que se le asigne, a fin de constituir y mantener la reserva disponible.

Artículo 3

3. Estructura Orgánica 3.1. La estructura orgánica del Centro de Instrucción de la Armada está compuesta de la siguiente manera: 3.1.1. Una Jefatura. 3.1.2. Las Divisiones necesarias para el cumplimiento de su misión. 3.2. La jefatura del Centro de Instrucción de la Armada, será ejercida por un Oficial Superior o jefe del Cuerpo General de la Armada Nacional. 3.3. El Centro de Instrucción de la Armada, depende directamente del Director General de Enseñanza Naval. 3.4. Su estructura orgánica detallada y funcionamiento se regirán por lo establecido en el Manual Orgánico aprobado por el Comandante en jefe de la Armada.

Artículo 4

4. Cursos 4.1. Los cursos a realizarse en el Centro de instrucción de la Armada se dividen en: 4.1.1. Cursos para Personal Superior. 4.1.2. Cursos para Personal Subalterno. 4.1 3 Cursos comunes para Personal Superior y para Personal Subalterno. 4.1.4. Cursos para Personal de la Reserva Naval. 4.1.5. Cursos para Personal Civil. 4.2. Requisitos de inscripción: Los requisitos de inscripción para el Personal Superior y Subalterno, Personal de la Reserva Naval y Personal Civil serán los establecidos por la Dirección General de Enseñanza Naval.