Artículo 1 — Artículo 1
Auméntase el monto máximo vigente de las multas previsto en el artículo 193 del Código Aeronáutico (Decreto-Ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974), en un 29.2%, quedando fijado en $ 100.858 (pesos uruguayos cien mil ochocientos cincuenta y ocho).-