Decreto111-2025·2025

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 2025

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/05/2025

Fecha de publicación

6 de febrero de 2025

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de abril de 2025, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.820,18 (pesos uruguayos mil ochocientos veinte con 18/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de abril de 2025 en $ 1.818,64 (pesos uruguayos mil ochocientos dieciocho con 64/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice de Precios del Consumo asciende en el mes de 2025 a 113,28 (ciento trece con 28/100), sobre base octubre 2022=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 2025 es de 1,0536 (uno con quinientos treinta y seis diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y archívese.