Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase del pago de la Tasa Global Arancelaria, incluso del recargo mínimo y del pago del Impuesto al Valor Agregado a las importaciones realizadas por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, de materiales, maquinarias, equipos herramientas, e instalaciones afectadas a la construcción de la Central Térmica de Respaldo. (*)