Decreto113-2000·2000

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. MARZO 2000. ABRIL 2000

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/04/2000

Fecha de publicación

5 de abril de 2000

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de marzo de 2000, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 197,oo (pesos uruguayos ciento noventa y siete).-

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de marzo de 2000 en $ 196,54 (pesos uruguayos ciento noventa y seis con 54/100).-

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo, asciende en el mes de marzo de 2000 a 125,81 (ciento veinticinco con 81/100), sobre base marzo 1997=100.-

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de abril de 2000 es de 1,0435 (uno con cuatrocientos treinta y cinco diezmilésimos).-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.-