Decreto113-2001·2001

FIJACION DE PARTIDA POR CONCEPTO DE MAYOR DEDICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/03/2001

Fecha de publicación

4 de mayo de 2001

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese que la partida asignada por el artículo 241º de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, será distribuida entre aquellos funcionarios que cumplan funciones en el Ministerio de Turismo, y a quienes se les haya encomendado la realizacion de tareas especiales o extraordinarias, y que requieran una mayor dedicación.

Artículo 2Artículo 2

Que el número de funcionarios a quienes se concederá la partida aludida no podrá superar el 25% del total de aquellos que cumplan funciones efectivamente en el Inciso 09.

Artículo 3Artículo 3

El monto de la partida será fijado por el Jerarca del Inciso no pudiendo superar el 70% de la retribución nominal mensual, y será otorgada por períodos no mayores de seis meses, renovables por igual período en caso de mantenerse las tareas asignadas.

Artículo 4Artículo 4

Dicha partida podrá ser revocada por el Jerarca de la Unidad ejecutora sin expresión de causa.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y pase al Ministerio de Turismo.