Decreto114-1992·1992

PRODUCTOS AGRICOLAS - CEREALES - OLEAGINOSOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/03/1992

Fecha de publicación

26/05/1992

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 2.000 (son nuevos pesos dos mil), a partir del 1º de enero de 1992, el valor de cada guía de tránsito de cereales y oleaginosos, a que se refieren los decretos 207/972, 208/972, 209/972 de 16 de marzo de 1972, 353/972 y 354/972, de 25 de mayo de 1972;

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.