Artículo 1 — Artículo 1
El personal docente de los Centros de Enseñanza de la Fuerza Aérea estará integrado por Profesores o Instructores de acuerdo a los artículos 223 y 224 del Decreto - Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974 y modificativas.