Decreto114-1998·1998

APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MATERIAL Y ARMAMENTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/04/1998

Fecha de publicación

5 de agosto de 1998

Artículos (5)

Artículo 1

1.- El Servicio de Material y Armamento tendrá por misión: 1.1.- Llevar a cabo la obtención, recibir, almacenar, distribuir, mantener, abastecer y administrar los sistemas de armas, vehículos y el material relacionado del Ejército.- 1.2.- Desarrollar y llevar a cabo proyectos industriales de interés, realizando la explotación de los productos obtenidos.- 1.3.- Tomar a su cargo el control y registro de las importaciones, exportaciones, comercialización, fabricación y posesión de las armas de fuego, químicas u otras que se determinen, así como municiones, explosivos y artefactos pirotécnicos, acorde a las Leyes, Decretos y Reglamentaciones vigentes, cualquiera sea su tenedor, en todo el territorio de la República.- 1.4.- Instruir, equipar y operar los Equipos de Desactivación de Artefactos Terroristas, (EDAT), para su actuación en todo el territorio nacional, acorde a las disposiciones vigentes.- 1.5.- Capacitar al Personal Superior y Subalterno del Ejército, en las actividades técnicas y logísticas para la administración, abastecimiento y mantenimiento de los materiales provistos por el Servicio de Material y Armamento.-

Artículo 2

2.- Las funciones generales del Servicio serán: 2.1.- En relación a los sistemas de armas, vehículos y material relacionado: 2.1.1.- Ejecutar las tareas necesarias para su obtención y recepción acorde a los planes y directivas emitidas por el mando.- 2.1.2.- Realizar el almacenamiento y mantenimiento del material asignado a la Reserva de Ejército.- 2.1.3.- Distribuir el material, según le sea ordenado, realizando la administración del inventario.- 2.1.4.- Ejecutar las tareas de mantenimiento y abastecimiento de todo el material de acuerdo a la doctrina vigente.- 2.1.5.- Desarrollar y recomendar nuevos sistemas de planificación y de operación de abastecimientos y mantenimiento para apoyar al Ejército, con un criterio permanente de incremento de la efectividad de los mismos.- 2.2.- En relación con proyectos industriales: 2.2.1.- Planificar y desarrollar programas industriales de su competencia, priorizando los proyectos que apoyen o complementen al sistema logístico, en especial en las áreas de armamento, municiones y explosivos.- 2.2.2.- Incentivar la investigación y desarrollo tecnológico en las áreas de interés para el Ejército y particularmente en aquellas que la ley le asigna de producción exclusiva.- 2.2.3.- Mantener enlace con los Servicios similares que apoyan a otras Fuerzas, así como industrias, Universidades y otras organizaciones militares y no militares, nacionales o internacionales, para utilizar sus posibilidades en asuntos de interés común o para el Ejército.- 2.3.- En relación a instruir y capacitar al Personal Superior y Subalterno del Ejército: 2.3.1.- En todas las funciones del apoyo logístico y administrativo, con prioridad a la ejecución de mantenimiento y operación del material.- 2.3.2.- En las especialidades necesarias para la administración, gestión y control de inventario de los materiales.- 2.4.- En relación a la desactivación de artefactos terroristas: 2.4.1.- Operar el equipo de desactivación de artefactos terroristas con jurisdicción nacional de acuerdo a las disposiciones vigentes.- 2.4.2.- Mantener instruido y actualizado al personal afectado a esta tarea.- 2.4.3.- Realizar las predicciones necesarias para la incorporación del equipamiento necesario así como mantener el mismo actualizado de acuerdo a los avances tecnológicos.- 2.5.- En relación al contralor de armas, municiones y en general material peligroso: 2.5.1.- Planificar, coordinar y ejecutar las tareas impuestas por la legislación vigente en lo relativo al contralor de armas, municiones, explosivos, pólvoras, agresivos químicos, biológicos y radiológicos, material pirotécnico de uso y comercialización civil.- 2.5.2.- Controlar, registrar y expedir Guías de posesión para armas de fuego.- 2.5.3.- Llevar registros de personas públicas o privadas que importen, fabriquen, comercialicen, reparen o participen en el comercio de armas de fuego, sus partes y componentes y municiones.- 2.5.4.- Llevar a cabo la recepción, control y almacenamiento de armas y municiones que a cualquier título le fuesen confiadas para su custodia, así como la ejecución de su destino final.-

Artículo 3

3.- El Servicio de Material y Armamento depende del Comando de Apoyo Administrativo y estará integrado de la forma que estructuralmente se detalla, concordante con las funciones que debe cumplir: 3.1.- ORGANIZACION.- 3.1.1.- Dirección General: 3.1.1.1.- Director General.- 3.1.1.1.1.- Ayudantía del Director General.- 3.1.1.2.- Subdirector General.- 3.1.1.3.- Estado Mayor Especialista: 3.1.1.3.1.- Secretaría de la Dirección General.- 3.1.1.3.2.- Secretaría del Cuerpo de Inspectores.- 3.1.1.3.3.- Informática.- 3.1.1.3.4.- Administración de Inventario.- 3.1.1.3.5.- Planificación.- 3.1.2.- Brigada de Explosivos.- 3.1.3.- Cuerpo de Inspectores.- 3.1.4.- Centro de Instrucción de Material y Armamento.- 3.1.5.- Cuartel General.- 3.1.6.- División Logística.- 3.1.6.1.- Departamento Abastecimiento.- 3.1.6.2.- Departamento Mantenimiento Automotor.- 3.1.6.3.- Departamento Armas y Municiones.- 3.1.6.4.- Departamento de Reserva de Ejército.- 3.1.7.- División Producción.- 3.1.7.1.- Departamento de Talleres.- 3.1.7.2.- Departamento Explosivos.- 3.1.7.3.- Departamento Fabricaciones y Polvorines (Florida).- 3.1.7.4.- Laboratorios Químicos.- 3.1.8.- División Financiero Contable.- 3.1.8.1.- Departamento Contable.- 3.1.8.2.- Departamento Comercial.- 3.1.8.3.- Departamento Legal.- 3.1.9.- División Registro Nacional de Armas.- 3.1.9.1.- Departamento Registro de Armas.- 3.1.9.2.- Departamento Control Civil de Importaciones.- 3.1.9.3.- Departamento de Inspecciones.- 3.2.- FUNCIONES.- 3.2.1.- Dirección General.- 3.2.1.1.- Tendrá como función regular las actividades del Servicio de Material y Armamento.- 3.2.2.- Director General.- 3.2.2.1.- Funciones y responsabilidades: 3.2.2.1.1.- Dirigir, supervisar y fiscalizar las actividades del Servicio de Material y Armamento.- 3.2.2.1.2.- Asesorar al Comandante de Apoyo Administrativo en todo asunto relacionado con las funciones del Servicio como integrante del Estado Mayor Especialista de dicho Comando.- 3.2.2.1.3.- Supervisar y coordinar directamente los Grupos EDAT durante los períodos que éstos estén empeñados en operaciones.- 3.2.2.1.4.- Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de las Divisiones del Servicio, contando para ello con el apoyo y asesoramiento del Subdirector General y del Estado Mayor Especialista.- 3.2.3.- Subdirector General.- 3.2.3.1.- Será el segundo en el mando y dirección del Servicio, suplantando al Director General en caso de ausencia del mismo.- 3.2.3.2.- Coordinará y dirigirá el funcionamiento administrativo de las siguientes dependencias de la Dirección General: Brigada de Explosivos, Centro de Instrucción de Material y Armamento, Cuartel General y Estado Mayor Especialista.- 3.2.4.- Estado Mayor Especialista.- 3.2.4.1.- Jefe de Secretaría Dirección General.- 3.2.4.1.1.- Cumplirá las tareas específicas de Jefe de Secretaría y de la Oficina Reguladora de Trámite y Archivo del Servicio.- 3.2.4.1.2.- Será el responsable de la confección y elevación de los informes anuales de calificación del Personal Superior del Servicio.- 3.2.4.1.3.- Coordinará la actividad del Estado Mayor Especialista del Servicio.- 3.2.4.1.4.- Supervisará la Ayudantía del Director General, siendo el Capitán ayudante el auxiliar y sustituto del Secretario General.- 3.2.4.2.- Jefe de Informática.- 3.2.4.2.1.- Asistirá a la Dirección General en todo lo referente a informes técnicos y tareas de asesoramiento.- 3.2.4.2.2.- Planificará la política de informatización del Servicio.- 3.2.4.2.3.- Administrará la base de datos y operará el equipo central.- 3.2.4.2.4.- Asegurará el mantenimiento de la conexión vía modem.- 3.2.4.2.5.- Controlará la realización del mantenimiento y reparación del equipamiento informático y controlará el cumplimiento de los contratos de asistencia técnica por parte de las empresas proveedoras contratadas.- 3.2.4.2.6.- Supervisará las tareas de instalación y configuración de software y hardware.- 3.2.4.3.- Jefe de Administración de inventario.- 3.2.4.3.1.- Será el responsable del cumplimiento de las funciones de la administración de inventario, las cuales incluyen: a.- Catalogar todo ítem, de cualquier Clase, previamente a su alta en el Ejército, asignando un número de codificación alfanumérico, sea el ítem producido, adquirido o recibido por el Servicio.- b.- Registrar todo ítem que sea producido, adquirido o recibido por el Servicio con destino a su uso por el Ejército.- c.- Llevar al día la base de datos de material, para permitir la ubicación exacta, en todo el Ejército, de cada ítem del inventario.- d.- Producir informes, en base a la Base de Datos de material, que permitan el análisis del inventario a los efectos de asesorar con exactitud al Servicio y al Mando.- 3.2.4.4.- Jefe de Planificación.- 3.2.4.4.1.- Ejecutará las tareas de planificación, coordinación y supervisión que le asigne la Dirección General del Servicio.- 3.2.4.4.2.- Coordinará el funcionamiento administrativo interno del Servicio, produciendo y elevando recomendaciones para el mejor funcionamiento del mismo.- 3.2.4.4.3.- Supervisará el cumplimiento de las misiones del servicio, analizando la eficiencia de su funcionamiento, elevando recomendaciones para su optimización.- 3.2.5.- Cuerpo de Inspectores.- 3.2.5.1.- Representan al Director General con el cometido de: 3.2.5.1.1.- Inspeccionar el funcionamiento del Servicio, particularmente las actividades técnicas que se realizan, así como el cumplimiento de los reglamentos, planes, directivas, que por vía del mando, a propuesta del Servicio de Material y Armamento y con la aprobación del Comandante en Jefe del Ejército se emitan.- 3.2.5.1.2.- Coordinar y ejecutar las tareas inspectivas correspondientes al Servicio, acorde al Reglamento General de Inspecciones y las órdenes vigentes.- 3.2.5.1.3.- Llevar el registro y efectuar los trámites correspondientes a las actuaciones de las Inspecciones.- 3.2.6.- Jefe de la Brigada de explosivos.- 3.2.6.1.- Es el responsable de: 3.2.6.1.1.- La intervención de la Brigada ante amenazas con presencia de objetos sospechosos de ser artefactos terroristas, en todo el territorio nacional, acorde al marco legal vigente.- 3.2.6.1.2.- La realización de los peritajes técnicos post explosión y exámenes de evidencias relacionados con explosivos.- 3.2.6.1.3.- Asesorar y apoyar, dentro del marco de su especialidad, a los operativos de seguridad de figuras y eventos públicos, acorde a las órdenes que emita el mando.- 3.2.7.- Director del Centro de Instrucción de Material y Armamento.- 3.2.7.1.- Serán sus funciones y responsabilidades: 3.2.7.1.1.- Capacitar y perfeccionar al Personal Superior y Sub Oficiales, para desempeñar las funciones de Oficial de Motores, de Armamento y Especialistas en Desactivación de Artefactos Terroristas de las reparticiones del Ejército.- 3.2.7.1.2.- Capacitar y perfeccionar al Personal Subalterno, para desempeñarse como mecánicos, o armeros de los diferentes escalones de mantenimiento del Ejército.- 3.2.7.1.3.- Capacitar y perfeccionar al Personal Superior y Subalterno, para desempeñarse en funciones técnicas, administrativas y como instructores de material y armamento.- 3.2.7.1.4.- Tomar a su cargo la operación y mantenimiento de la Biblioteca del Servicio.- 3.2.7.1.5.- Coordinar la confección u obtener Reglamentos Técnicos de mantenimiento y operación de todos los materiales provistos por el Servicio.- 3.2.8.- Jefe del Cuartel General.- 3.2.8.1.- Apoyará el cumplimiento de las misiones específicas de cada una de las dependencias, proporcionando, a través de los elementos a su mando, la administración de personal, servicios y transporte para el Servicio.- 3.2.8.2.- Dependerá directamente del Subdirector General y será el asesor inmediato en cuanto a las actividades del Personal Subalterno del Servicio.- 3.2.9.- Jefe de la División Logística.- 3.2.9.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales: 3.2.9.1.1.- Coordinar y dirigir las actividades de recepción, almacenamiento, distribución, abastecimiento y mantenimiento de los sistemas de armas, vehículos y el material relacionado del Ejército.- 3.2.9.1.2.- Coordinar y dirigir las actividades de almacenamiento, mantenimiento y administración de la reserva de armamento, vehículos y municiones del Ejército.- 3.2.9.1.3.- Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados con su área de responsabilidad, dependiendo directamente del Director General.- 3.2.10.- Jefe de la División Producción.- 3.2.10.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales dirigir, coordinar y comandar las actividades relacionadas con: 3.2.10.1.1.- Investigación, producción, almacenamiento y comercialización de armas, explosivos y municiones.- 3.2.10.1.2.- Investigación y producción de los talleres metalúrgicos, herrería y carpintería.- 3.2.10.1.3.- En coordinación con la División Financiero Contable y el Estado Mayor Especialista, el desarrollo de proyectos industriales de interés para el Ejército.- 3.2.10.1.4.- Asesorar a la Dirección General en cuanto a la toma de decisiones relacionadas con su área de responsabilidad, dependiendo directamente del Director General.- 3.2.11.- Jefe de la División Financiero Contable.- 3.2.11.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales dirigir, coordinar y comandar las actividades relacionadas con: 3.2.11.1.1.- Transacciones comerciales que se realicen a nivel nacional o con el exterior para la adquisición de material para el Ejército.- 3.2.11.1.2.- Ejecución de subastas públicas de material fuera de servicio u obsoleto.- 3.2.11.1.3.- Administración de los fondos presupuestales dispuestos para el pago de sueldos, gastos e inversiones.- 3.2.11.1.4.- Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados con su área de responsabilidad, dependiendo directamente del Director General.- 3.2.12.- Jefe División Registro Nacional de Armas.- 3.2.12.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales dirigir, coordinar y comandar las actividades relacionadas con: 3.2.12.1.1.- El contralor y registro de armas, municiones, explosivos, pólvoras, agresivos químicos, biológicos y radiológicos, material pirotécnico de uso y comercialización civil.- 3.2.12.1.2.- La recepción, depósito, entrega y disposición de las armas y municiones remitidas por la Justicia.- 3.2.12.1.3.- Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados con su área de responsabilidad, dependiendo directamente del Director General.-

Artículo 4

4.- Las categorías, calificaciones y grados especificados en el Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974 en lo relativo a los distintos cargos del Servicio de Material y Armamento del Ejército, se regirán por lo establecido en el artículo 113 del Decreto-Ley 15.688 de 30 de noviembre de 1984, en la redacción modificativa dada por las Leyes 15.808 de 7 de abril de 1986, 15.848 de 22 de diciembre de 1986, 16.134 de 24 de setiembre de 1990, 16.320 de 1ro. de noviembre de 1992 y 16.736 de 5 de enero de 1996.- Sin perjuicio de lo establecido en los mismos, la provisión de dichos cargos se regirá por las siguientes disposiciones: 4.1.- El Personal Superior que se desempeña en los diferentes cargos será del Cuerpo de Comando y en situación de actividad.- 4.1.1.- El Director General será del grado de Coronel diplomado de Estado Mayor o Ingeniero Militar o con cursos técnicos compatibles con las actividades del Servicio de Material y Armamento.- 4.1.2.- El Subdirector General será del grado de Coronel, diplomado de Estado Mayor o Ingeniero Militar o con cursos técnicos compatibles con las actividades del Servicio de Material y Armamento.- 4.1.3.- Del Cuerpo de Inspectores.- 4.1.3.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de Coronel.- 4.1.4.- De los Jefes de División.- 4.1.4.1.- El cargo será desempeñado por el Personal Superior del grado de Coronel o Teniente Coronel.- 4.1.5.- El Secretario será del grado de Teniente Coronel.- 4.1.6.- Del Cuartel General.- 4.1.6.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de Teniente Coronel o Mayor.- 4.1.7.- De los Jefes de Departamento.- 4.1.7.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de Teniente Coronel o Mayor.- 4.1.8.- De la Brigada de explosivos.- 4.1.8.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de Teniente Coronel o Mayor con cursos técnicos en esa área.- 4.1.9.- El Ayudante del Director General será del grado de Capitán o Mayor.- 4.2.- Manual de Organización y Funcionamiento.- El Director General del Servicio de Material y Armamento confeccionará y elevará a través del Comando de Apoyo Administrativo, al señor Comandante en Jefe del Ejército, el proyecto de Manual de Organización y Funcionamiento del Servicio para su consideración y aprobación, en el cual se desarrollará y profundizará la organización aquí establecida y se detallarán las normas y procedimientos de funcionamiento que aseguren el cumplimiento de la misión.- 4.3.- Procedimiento Permanente de Operaciones.- El Director General del Servicio de Material y Armamento dictará el Procedimiento Permanente de Operaciones del Servicio de Material y Armamento, estableciendo la organización interna, la misión y las normas para el funcionamiento, sobre la base del Reglamento y del Manual de Organización y Funcionamiento".-

Artículo 2

Artículo 2.- Apruébase el Organigrama del Servicio de Material y Armamento<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjunto considerándose parte integrante del presente Decreto.-