Decreto114-2002·2002

PRORROGA EN LA FIJACION DE DERECHOS DE IMPORTACION ESPECIFICOS. IMPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de enero de 2002

Fecha de publicación

4 de setiembre de 2002

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse hasta el 30 de junio de 2002 los derechos de importación específicos para productos textiles originarios de países no integrantes del Mercosur, establecidos por el Decreto Nº 394/000, de 27 de diciembre de 2000 y prorrogados por el Decreto Nº 520/001, de 28 de diciembre de 2001.-

Artículo 2Artículo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1º de abril de 2002.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc..-