Decreto114-2020·2020

INTENSIFICACION DEL PATRULLAJE POR PARTE DE LOS MINISTERIOS DEL INTERIOR Y DE DEFENSA NACIONAL A LOS EFECTOS DE EVITAR Y DISUADIR AGLOMERACIONES ESPECIALMENTE DURANTE LA SEMANA DE TURISMO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/03/2020

Fecha de publicación

15/04/2020

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa Nacional, en el marco de sus competencias legales y reglamentarias deberán intensificar el patrullaje a los efectos de evitar y disuadir aglomeraciones, especialmente en Semana de Turismo.

Artículo 2Artículo 2

Exhórtase a las personas a no circular por las rutas nacionales con tráileres, remolques, casas rodantes, lanchas y similares.

Artículo 3Artículo 3

Exhórtase a la población a no circular con armas de caza, debiendo las autoridades competentes, dentro del marco de sus competencias y atribuciones, realizar los controles e inspecciones necesarios.

Artículo 4Artículo 4

A los efectos de realizar los controles pertinentes, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa Nacional realizarán operativos conjuntos o coordinados en aquellas zonas en que posean jurisdicción conexa.

Artículo 5Artículo 5

Exhórtase a los Gobiernos Departamentales, dentro de sus competencias, a disponer las medidas necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 6Artículo 6

Notifíquese en forma urgente a los organismos públicos y privados con competencia en las medidas dispuestas, comuníquese, etc.