Decreto115-1998·1998

APROBACION DE LA APLICACION DE NORMAS DEL MERCOSUR SOBRE TELECOMUNICACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/04/1998

Fecha de publicación

5 de agosto de 1998

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse aplicables en el Derecho Interno, a partir de su publicación en el Diario Oficial, las siguientes Resoluciones del Grupo Mercado Común. Resolución 64/997 - Manual de Procedimientos para la Coordinación entre Estaciones Terrenas y Terrestres dentro de los países del MER.CO.SUR. Resolución 65/997 - Manual de Procedimientos de Coordinación de Frecuencias, Bandas de Frecuencias de Transmisión y Coordinación de Frecuencias del Servicio de Telefonía Móvil Celular. Resolución 66/997 - Disposiciones sobre Servicios Públicos de Telefonía Básica en Zonas Fronterizas en el MER.CO.SUR. Resolución 68/997 - Servicios Paging Unidireccional: Banda Común del MER.CO.SUR. Resolución 69/997 - Servicios de Paging Bidireccional: Banda Común del MER.CO.SUR. Resolución 70/997 - Servicios Troncalizados: Banda Común del MER.CO.SUR. Resolución 71/997 - Sistema de Distribución de Señales Multipunto Multicanal en el MER.CO.SUR. (MMDS). (*)

Artículo 2Artículo 2

La Dirección Nacional de Comunicaciones establecerá los mecanismos técnico-administrativos correspondientes, para el cumplimiento del citado procedimiento, comunicando en lo pertinente a la Secretaría Administrativa del MER.CO.SUR. conforme a lo dispuesto en el literal I) del artículo 40 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MER.CO.SUR., Protocolo de Ouro Preto y su Anexo aprobado por la Ley 16.712 de 1ro. de setiembre de 1995.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.