Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta la fecha de entrada en vigencia en el ordenamiento jurídico nacional del Acuerdo sobre Política Automotriz del Mercosur aprobado por la Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 70/000, las tasas arancelarias incluidas en el Anexo V del Decreto Nº 391/000, de 27 de diciembre de 2000, aplicable a los productos del Sector Automotor cuya nómina consta en dicho Anexo.-