Decreto116-2016·2016

REGULACION DEL REGIMEN DE APORTACION A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL BASQUETBOL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/04/2016

Fecha de publicación

5 de febrero de 2016

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Las contribuciones de seguridad social de los profesionales del básquetbol a que refiere el literal b) del artículo 4° del decreto N° 398/009 de 24 de agosto de 2009, podrán realizarse sobre un ficto de 50 (cincuenta) Bases Fictas de Contribución mensuales, para los meses de cargo comprendidos desde marzo de 2016 hasta agosto de 2016 inclusive, y de 60 (sesenta) Bases Fictas de Contribución mensuales, para los meses de cargo comprendidos desde setiembre de 2016 a agosto de 2017 inclusive. En los casos de profesionales del básquetbol que desarrollen su actividad en instituciones deportivas de la Segunda División, los fictos aplicables para los períodos referidos precedentemente serán de 30 (treinta) y 35 (treinta y cinco) Bases Fictas de Contribución mensuales, respectivamente.

Artículo 2Artículo 2

A partir del 1° de setiembre de 2017, la aportación de los profesionales del básquetbol se realizará, en todos los casos, de acuerdo a la remuneración real, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° del decreto N° 398/009 de 24 de agosto de 2009.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.