Artículo 1 — Artículo 1
El seguro creado por la ley N° 19.300, de 26 de diciembre de 2014 se financiará mediante un fondo integrado de la siguiente forma: A) mediante el aporte en pesos uruguayos al equivalente de U$S 2.00 (dólares americanos dos) que gravará la faena de cada res bovina (vaca, vaquillona o novillo mayor de dos dientes) llevada a cabo por todos los establecimientos de faena de bovinos; B) mediante el aporte en pesos uruguayos al equivalente de U$S 1,5 (dólares americanos uno con 50/100) por cada 1000 litros de leche recibidos en las plantas elaboradoras, (*) C) mediante el aporte en pesos uruguayos al equivalente de U$S 2.00 (dólares americanos dos) por cada bovino en pie con destino a exportación. En todos los casos, se tomará como base de cálculo la cotización interbancaria fondo comprador del día anterior al depósito.