Artículo 1 — Artículo 1
El Fondo Solidario COVID-19 financiará las acciones que a la fecha del cese de la emergencia sanitaria dispuesto por Decreto N° 106/022, de 5 de abril de 2022, hubieran sido comprometidas, se encontraran vigentes y en ejecución con plazo pendiente, hasta su finalización.