Decreto118-1985·1985

ADOPCION DEL SISTEMA DE BALIZAMIENTO MARITIMO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE SEÑALIZACION MARITIMA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/03/1985

Fecha de publicación

25/04/1985

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Adóptase el Sistema de Balizamiento Marítimo de la Asociación Internacional de Señalización Marítima, Región B (AISM-IALA) establecido en el Acuerdo suscrito en París el 15 de abril de 1982, así como sus reglas y anexos.

Artículo 2Artículo 2

El Comando General de la Armada, en virtud de sus competencias es la autoridad entendida, en todo lo concerniente al desarrollo, mantenimiento, operación, planeamiento, administración y difusión de los servicios de faros, balizas y todo tipo de señales marítimas y cualquier tipo de ayuda y servicios destinado a la seguridad de la navegación.

Artículo 3Artículo 3

Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada a sus efectos