Decreto118-1987·1987

ARMADA NACIONAL. AUTORIZACION DE VUELOS LOGISTICOS O DE INSTRUCCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de octubre de 1987

Fecha de publicación

30/04/1987

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Revalídase para el año 1987 la autorización de vuelos logísticos o de instrucción que realizará el Comando de Aviación Naval hacia la República Argentina en número de 15 y República Federativa de Brasil en número 10.

Artículo 2Artículo 2

Los referidos vuelos serán considerados como logísticos o de instrucción sin generar viáticos a sus tripulantes.

Artículo 3Artículo 3

Todas las erogaciones a que dieran lugar los referidos vuelos, serán atendidas con rubros propios del Comando General de la Armada.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada a sus efectos.