Decreto118-1994·1994

FONDOS PUBLICOS EXTRAPRESUPUESTALES - VALORES DE LA COMPENSACION MAXIMA AL GRADO DE LA DIRECCION GENERAL DE CATASTRO NACIONAL Y ADMINISTRACION DE INMUEBLES DEL ESTADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/03/1994

Fecha de publicación

4 de mayo de 1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Dirección General de Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado a utilizar el saldo resultante en cada mes, de la diferencia entre el 50% de los ingresos afectados para tal fin por el artículo 175 de la ley Nº 16.320 y la suma que deba distribuirse entre los funcionarios de la Unidad Ejecutora por aplicación del Decreto del 2 de setiembre de 1993.(*)

Artículo 2Artículo 2

Dicho monto será destinado al pago de retribuciones personales y se distribuirán en forma igualitaria entre todos los funcionarios que cumplan efectivamente su función en esa Dirección General una vez alcanzado los topes máximos de compensación al grado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.