Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por el período comprendido entre 1° de abril y el 30 de setiembre de 2010, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne ovina establecida en el artículo 3° del Decreto N° 417/009 de 7 de setiembre de 2009. (*)