Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase, de la prohibición establecida en el artículo 1° del Decreto N° 447/2007 de fecha 19 de noviembre de 2007, en los ejercicios 2011 y 2012, a la Dirección Nacional de Aguas, "Unidad Ejecutora 005" del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a efectos de dar cumplimiento a los cometidos y competencias dispuestos en el artículo 251 de la ley 18.172 de 31 de agosto de 2007 en la redacción dada por el art. 397 de la ley 18.362 de 6 de octubre de 2008.-