Decreto119-1989·1989

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA. REGLAMENTACION DE POTESTADES Y COMETIDOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/03/1989

Fecha de publicación

25/09/1989

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

El Instituto Nacional de Vitivinicultura, a los efectos de dar cumplimiento a los fines establecidos en los artículos 141 y siguientes de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987, y dentro de las facultades que le otorga la misma, podrá realizar todos los actos de administración y disposición de sus bienes, pudiendo afectarlos en garantía, así como gestionar, contratar y administrar créditos con organismos nacionales, extranjeros e internacionales.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación de dos diarios de la Capital.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.