Decreto119-2024·2024

REGULACION DEL PROCEDIMIENTO DE RENOVACION DE LAS CONCESIONES QUE SE INDICAN, RELATIVAS A LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y COMUNICACION AUDIOVISUAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/04/2024

Fecha de publicación

5 de marzo de 2024

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los titulares de los derechos de uso sobre los lotes de frecuencias de 835 a 845 MHz apareado con 880 a 890 MHz y 846,5 a 849 MHz apareado con 891,5 a 894 MHz, obtenidos en virtud de la opción de transferencia establecida en el artículo 3 del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 438/001, de 8 de noviembre de 2001, autorizado con carácter general por el Decreto N° 423/001, de 31 de octubre de 2001, para la asignación del uso de frecuencias radioeléctricas para la prestación de servicios de comunicaciones móviles, se considerarán comprendidos en el Decreto N° 377/022, de 29 de noviembre de 2022, aplicándosele en un todo las condiciones allí previstas, debiendo abonar la suma de U$S 18.750.000 (dieciocho millones setecientos cincuenta mil dólares americanos).

Artículo 2Artículo 2

Establécese que la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), podrá acogerse a lo dispuesto en el Decreto N° 377/022, de 29 de noviembre de 2022, debiendo en tal caso abonar por dicho concepto la suma dispuesta en el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL).