Artículo 1 — Artículo 1
Decrétase duelo oficial el día 28 de abril de 2021 por el fallecimiento del señor ex Vicepresidente de la República, doctor Gonzalo Aguirre Ramírez.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Decrétase duelo oficial el día 28 de abril de 2021 por el fallecimiento del señor ex Vicepresidente de la República, doctor Gonzalo Aguirre Ramírez.
Artículo 2 — Artículo 2
La bandera nacional permanecerá a media asta el día indicado en el artículo primero en todos los edificios públicos, Embajadas de la República en el exterior, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.
Artículo 3 — Artículo 3
Tribútense honores fúnebres militares a los restos mortales del doctor Gonzalo Aguirre Ramírez.
Artículo 4 — Artículo 4
Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional.
Artículo 5 — Artículo 5
Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.