Decreto121-2011·2011

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. FEBRERO 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/03/2011

Fecha de publicación

4 de diciembre de 2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de febrero de 2011, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 504,91 (pesos uruguayos quinientos cuatro con noventa y un centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de febrero de 2011 en $ 488,17 (pesos uruguayos cuatrocientos ochenta y ocho con diecisiete centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de febrero de 2011 a 102,20 (ciento dos con veinte), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 2011 es de 1,0767 (uno con setecientos sesenta y siete diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.