Decreto122-2007·2007

FIJACION DE LA TASA DE PROMOCION Y CONTROL VITIVINICOLA. ABRIL 2007

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/03/2007

Fecha de publicación

26/04/2007

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase, a partir del 1º de abril de 2007, en $ 3,87 (pesos uruguayos tres con ochenta y siete centésimos), por litro de vino, el ajuste del monto de la Tasa de Promoción y Control Vitivinícola, cuando el envase en que esté contenido el mismo no exceda de un litro de capacidad.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.