Decreto123-1992·1992

SECCIONALES POLICIALES. SECCIONAL 9

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/03/1992

Fecha de publicación

6 de diciembre de 1992

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Créase la seccional policial Nº 9 en el Departamento de Flores la que tendrá las siguientes delimitaciones: por el Norte con la Seccional 4ta. de Flores desde la desembocadura de la Cañada Curupí con el Arroyo Grande, de ésta hasta el Paso sobre dicha Cañada con el camino vecinal del Cementerio, por este camino que continúa hacia el Norte hasta el Padrón 3482, donde toma hacia el Este, hasta su Intersección con Ruta Nº 23 Km. 163.20 por esta Ruta hacia el Sur, hasta la Intersección con camino vecinal Km. 160.200 por este mismo camino en dirección al Este, hasta la Intersección con Camino de Villa Pastora, por este último camino, hasta el Paso del Sauce, sobre el Río San José donde comienza el límite con la 5a. Sección de Flores, por este Río hacia el Sur hasta la Barra del Arroyo San Gregorio, tomando los límites establecidos por ley 1.854, modificada por ley 14.708.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.