Artículo 1 — Artículo 1
A partir del primero de marzo de 1985 el salario de los trabajadores empleados en la actividad privada será el mayor resultante de aplicar los siguientes criterios: a) El salario vigente a enero de 1984 actualizado por el coeficiente 1,85. b) El salario vigente a noviembre de 1984 actualizado por el coeficiente 1,13.