Decreto124-1990·1990

PLAN DE ESTUDIOS Y PROGRAMAS. UNIVERSIDAD CATOLICA DAMASO ANTONIO LARRAÑAGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/02/1990

Fecha de publicación

15/06/1990

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Reconócense el plan de estudios y los programas presentados por la Universidad Católica Dámaso Antonio Larrañaga, para la carrera de Doctor en Derecho, por su razonable equivalencia con los correspondientes de la Universidad de la República. En caso de modificación de dicho plan de estudios y programas, los mismos serán aprobados por el Ministerio de Educación y Cultura.

Artículo 2Artículo 2

El Ministro de Educación y Cultura adoptará oportunamente las medidas pertinentes a fin de proceder a la inscripción de los títulos de Procurador y Doctor en Derecho que se expidan.

Artículo 3Artículo 3

Los egresados de la carrera de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay "Dámaso Antonio Larrañaga", tanto en su nivel de Procurador como en el de Doctor en Derecho, en el uso de su título para el ejercicio de las profesiones de procurador o de abogado, podrán señalar el origen del mismo añadiendo a su firma y la indicación de su título o profesión, Procurador o en su caso Doctor en Derecho o Abogado, el nombre de la universidad que lo expide: Universidad católica del Uruguay "Dámaso Antonio Larrañaga" o su sigla UCUDAL". (*)

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.