Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese la entrada en vigencia del decreto Nº 73/999, de fecha 10 de marzo de 1999 hasta el día 1º de abril del año 2000.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese la entrada en vigencia del decreto Nº 73/999, de fecha 10 de marzo de 1999 hasta el día 1º de abril del año 2000.-
Artículo 2 — Artículo 2
Mantiénense, en consecuencia, los montos de las tasas que por la prestación de diversos servicios de registro y control percibe actualmente el Instituto Nacional de Pesca.-
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.