Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Delegación del Uruguay en la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande a obtener crédito hasta el 31 de diciembre de 1987 en dicha Comisión por hasta N$ 40:000.000.00 (nuevos pesos cuarenta millones) en las condiciones habituales de contratación de dicha Comisión.