Decreto127-2018·2018

PRORROGA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL ART. 116 DE LA LEY 19.535 RELATIVO AL MANTENIMIENTO DE UNA DOTACION DE PERSONAL GARANTIZANDOLES UN MINIMO DE JORNALES Y PERSONAL EVENTUAL, ASI COMO DEL AMBITO DE NEGOCIACION Y DE LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTS. 2° Y 3° DE LA LEY 19.578

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/04/2018

Fecha de publicación

5 de agosto de 2018

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase la entrada en vigencia del artículo 116 de la Ley N° 19.535 de 25 de setiembre de 2017 así como del ámbito de negociación y de los beneficios establecidos en los artículos 2° y 3° de la Ley N° 19.578 de 22 de diciembre de 2017, hasta el 30 de junio de 2018.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.