Artículo 1 — Artículo 1
Aprúebase el Texto Ordenado referente a los tributos de la Dirección General Impositiva a que se hace mención en la parte expositiva, el que se considerará formando parte de este decreto.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Aprúebase el Texto Ordenado referente a los tributos de la Dirección General Impositiva a que se hace mención en la parte expositiva, el que se considerará formando parte de este decreto.
Artículo 2 — Artículo 2
A efectos de los dispuesto por el artículo 116 del decreto 640/973 de 8 de agosto de 1973, las referencias a las normas legales incluidas en el citado Texto Ordenado, se efectuarán indicando el número del Título y del artículo asignado en el mismo, seguido de la mención: "T.O. 1987".
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.